La aprobación de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (Ley 9635) marcó un punto de inflexión en la política fiscal costarricense. Aunque su objetivo principal fue la sostenibilidad de las finanzas públicas, la norma introdujo transformaciones que afectaron de manera directa a las micro, pequeñas y medianas empresas, un sector que representa más del 90% del tejido productivo nacional. Con el paso del tiempo, estas disposiciones han sido complementadas por reformas posteriores —incluyendo la Ley 10.392 y ajustes reglamentarios— que han ampliado los incentivos y han redefinido el marco tributario aplicable a las pymes. El resultado es un ecosistema fiscal que, aunque más exigente en términos de formalidad, ofrece oportunidades significativas para la consolidación y crecimiento de estas empresas.
Uno de los beneficios más relevantes introducidos por la Ley 9635 fue la adopción de un esquema de tarifas progresivas del impuesto sobre la renta para pymes, sustituyendo el antiguo modelo que permitía a cualquier persona jurídica acceder a tarifas reducidas independientemente de su tamaño o estructura económica. Este cambio corrigió distorsiones que incentivaban la atomización societaria y fortaleció la equidad horizontal del sistema tributario. Las tarifas progresivas, aplicables a empresas con ingresos anuales dentro de los límites establecidos para pymes, permiten que los negocios más pequeños enfrenten cargas tributarias proporcionales a su capacidad económica, reduciendo la presión fiscal en las etapas iniciales de operación. Este enfoque fue posteriormente ampliado por la Ley 10.392, que otorgó exenciones totales durante los primeros tres años de actividad, seguidas de reducciones del 75% y 50% en los años cuarto, quinto y sexto, respectivamente, para micro y pequeñas empresas debidamente inscritas ante el MEIC o el MAG . Esta estructura escalonada no solo mejora la liquidez de las empresas nacientes, sino que también reduce la mortalidad empresarial en los primeros años, un periodo crítico para la consolidación operativa.
Otro beneficio significativo se encuentra en el ámbito de las deducciones fiscales específicas para pymes, incorporadas mediante reformas al artículo 8 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Estas deducciones permiten que las micro, pequeñas y medianas empresas registradas deduzcan gastos en investigación, desarrollo, innovación y capacitación del recurso humano, siempre que estén directamente relacionados con la actividad lucrativa . Este incentivo es particularmente relevante en un contexto donde la competitividad depende cada vez más de la capacidad de innovar y de adaptarse a entornos tecnológicos cambiantes. La norma reconoce que la inversión en conocimiento no es un gasto corriente, sino un motor de productividad, y por ello la convierte en un elemento deducible que reduce la carga fiscal efectiva de las pymes.
La Ley 9635 también introdujo cambios en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) que, si bien ampliaron la base imponible, incorporaron mecanismos que benefician indirectamente a las pymes mediante la formalización y la trazabilidad. La transición del antiguo impuesto de ventas al IVA permitió a las empresas acreditar el impuesto pagado en sus compras, lo que redujo el costo fiscal de la cadena productiva y mejoró la competitividad de los negocios formalizados. Para sectores específicos, como el agropecuario y las microempresas registradas en el SEIC, se establecieron excepciones y regímenes simplificados que reducen la carga administrativa y facilitan el cumplimiento tributario, incluyendo la exoneración de la obligación de emitir factura en ciertos casos, siempre que se cumplan los requisitos normativos . Estas medidas buscan equilibrar la necesidad de control fiscal con la realidad operativa de los pequeños productores y emprendedores.
El fortalecimiento del régimen simplificado constituye otro elemento relevante. La normativa actual permite que microempresas con hasta cinco empleados y debidamente registradas accedan a un esquema tributario más sencillo, con obligaciones formales reducidas y una estructura de cálculo del impuesto más accesible. Este régimen no solo disminuye los costos de cumplimiento, sino que también facilita la transición hacia la formalidad, un paso indispensable para acceder a financiamiento, programas de apoyo estatal y mercados más amplios.
La Ley 9635 y sus reformas posteriores también han generado beneficios indirectos para las pymes al promover un entorno de mayor transparencia y disciplina fiscal. La estabilidad macroeconómica es un activo intangible que influye en las tasas de interés, en la disponibilidad de crédito y en la confianza de inversionistas y consumidores. Un marco fiscal más sólido reduce la incertidumbre y crea condiciones más favorables para la planificación empresarial. Aunque estos efectos no se perciben de inmediato en los estados financieros de las pymes, sí impactan su entorno operativo y su capacidad para crecer de manera sostenible.
En conjunto, los beneficios derivados de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y sus reformas configuran un marco fiscal que, aunque más riguroso en términos de formalidad, ofrece incentivos claros para la consolidación y expansión de las pymes. La progresividad en el impuesto sobre la renta, las deducciones específicas para innovación y capacitación, los regímenes simplificados y las exenciones temporales constituyen herramientas que, bien aprovechadas, pueden mejorar la competitividad y la resiliencia de las empresas. La clave está en la correcta interpretación de la normativa y en la capacidad de las pymes para integrar estos beneficios en su planificación financiera y estratégica.
