La no contabilización de la cesantía como pasivo bajo NIC 19 y NIC 37: una reflexión conceptual sobre obligaciones presentes, probabilidad y control

La cesantía, entendida como la indemnización por despido sin responsabilidad patronal, ocupa un lugar peculiar dentro del análisis contable. Aunque representa un desembolso potencial para la entidad, su reconocimiento como pasivo no es automático ni está permitido bajo los marcos normativos internacionales. Tanto la NIC 19 – Beneficios a los Empleados como la NIC 37 – Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes convergen en una conclusión clara: la cesantía no debe reconocerse como un pasivo hasta que exista un evento obligante que genere una obligación presente. Esta conclusión, lejos de ser una cuestión mecánica, se fundamenta en principios conceptuales profundos sobre la naturaleza de las obligaciones, la probabilidad de salida de recursos y el control que la entidad mantiene sobre la decisión de despedir o no despedir a un trabajador.

La NIC 19 establece que los beneficios por terminación solo deben reconocerse cuando la entidad ya no tiene la capacidad de retirar la oferta del beneficio o cuando ha tomado una decisión demostrable de terminar la relación laboral (NIC 19.165). La norma es explícita al señalar que los beneficios por terminación no surgen por el simple hecho de que la legislación laboral contemple una indemnización. La obligación nace únicamente cuando la entidad ha comunicado formalmente al empleado su decisión de terminar el contrato o cuando ha anunciado un plan detallado de reestructuración que cumpla con los criterios de un “evento obligante”. Antes de ese momento, la entidad conserva el control total sobre la decisión de despedir o no despedir, lo que implica que no existe obligación presente.

Este razonamiento se alinea con el Marco Conceptual, que define un pasivo como una obligación presente surgida de sucesos pasados, cuya liquidación se espera que dé lugar a una salida de recursos. En el caso de la cesantía, el “suceso pasado” que genera la obligación no es la existencia del contrato laboral, sino la decisión de terminarlo. Mientras esa decisión no se haya tomado, la entidad no está obligada a pagar indemnización alguna. La mera posibilidad de que en el futuro se produzca un despido no constituye una obligación presente; es simplemente una contingencia dependiente de decisiones futuras de la administración.

La NIC 37 refuerza esta lógica al establecer que una provisión solo debe reconocerse cuando existe una obligación presente, ya sea legal o implícita, como resultado de un suceso pasado, y cuando es probable que se requiera una salida de recursos para liquidarla (NIC 37.14). La cesantía no cumple con el primer requisito: no existe obligación presente porque la entidad puede evitar el pago manteniendo la relación laboral. La norma es clara al señalar que no se reconoce una provisión por costos futuros que la entidad puede evitar mediante sus propias acciones (NIC 37.19). La cesantía es, precisamente, un costo futuro que depende de una decisión discrecional de la entidad. No hay inevitabilidad, no hay obligación y, por tanto, no hay pasivo.

Este punto es crucial: la contabilidad no reconoce pasivos por eventos que dependen exclusivamente de decisiones futuras de la entidad. Si la administración puede evitar la salida de recursos simplemente eligiendo no despedir al trabajador, entonces no existe obligación presente. La cesantía no es un beneficio acumulado, no es un derecho adquirido por el empleado y no es un compromiso irrevocable. Es una consecuencia de un acto futuro que la entidad controla plenamente. Reconocerla como pasivo implicaría anticipar decisiones que aún no se han tomado, violando el principio de neutralidad y convirtiendo la contabilidad en un ejercicio de especulación.

La NIC 19 distingue claramente entre beneficios por terminación y beneficios post-empleo. Los segundos se acumulan a lo largo del tiempo y generan obligaciones presentes conforme el empleado presta servicios. La cesantía no cumple con esta característica: no se acumula, no se devenga y no genera un derecho progresivo. Su reconocimiento depende exclusivamente de un evento puntual: la terminación del contrato. Por ello, la NIC 19 la clasifica como un beneficio por terminación y no como un beneficio a largo plazo. Esta clasificación es determinante para su tratamiento contable.

La NIC 37, por su parte, aborda la posibilidad de reconocer provisiones por reestructuraciones. Sin embargo, la norma exige que exista un plan formal detallado y que la entidad haya generado una expectativa válida en los afectados mediante el anuncio del plan (NIC 37.72). La cesantía solo se reconoce como parte de una provisión por reestructuración cuando la entidad ha comunicado un plan específico que incluye la terminación de contratos laborales. Antes de ese anuncio, no existe obligación implícita ni legal. La entidad conserva la capacidad de modificar o cancelar el plan, lo que impide el reconocimiento de un pasivo.

La práctica contable confirma esta interpretación. Reconocer la cesantía como pasivo implicaría registrar obligaciones hipotéticas basadas en escenarios futuros inciertos. Esto distorsionaría los estados financieros, afectaría indicadores clave como el capital de trabajo y el apalancamiento, y generaría inconsistencias entre entidades con políticas de recursos humanos distintas. La contabilidad, en su esencia, busca representar la realidad económica, no anticipar decisiones gerenciales.

En última instancia, la no contabilización de la cesantía como pasivo bajo NIC 19 y NIC 37 no es una omisión, sino una aplicación rigurosa de los principios contables. La cesantía no es un pasivo porque no existe obligación presente, porque la entidad controla el evento que la genera y porque su reconocimiento anticipado violaría los criterios de probabilidad y medición fiable. La contabilidad internacional opta por la prudencia conceptual: solo se reconocen obligaciones cuando son inevitables, no cuando son posibles. La cesantía, mientras dependa de decisiones futuras, pertenece al ámbito de las contingencias, no al de los pasivos.